REGIONAL

Coronel Pringles aprobó una ordenanza que prohíbe el uso de vapeadores en espacios cerrados

El Concejo Deliberante de Coronel Pringles aprobó una nueva ordenanza que regula el uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores en el distrito. La normativa equipara estos dispositivos al tabaco tradicional y establece su prohibición en espacios cerrados de acceso público, tanto de gestión estatal como privada.

La ordenanza N.º 5.114/26 declara como «nocivos para la salud» a los sistemas electrónicos de administración de nicotina, los dispositivos de tabaco calentado y cualquier otro mecanismo similar, independientemente de que contengan o no nicotina. En ese marco, también queda prohibido su uso en establecimientos educativos, sanitarios, deportivos y culturales, dependencias municipales, el transporte público y todos los lugares donde ya rige la prohibición de fumar.

Además, los comercios e instituciones alcanzados por la medida deberán colocar carteles visibles que informen la prohibición del uso de estos dispositivos. El Departamento Ejecutivo será el encargado de reglamentar la ordenanza, definir la autoridad de aplicación y desarrollar campañas de prevención y concientización sobre los riesgos asociados al vapeo.

La normativa también contempla un régimen de sanciones económicas para quienes incumplan las disposiciones. Las multas para quienes utilicen vapeadores en lugares prohibidos podrán superar el millón de pesos, mientras que los establecimientos que no exhiban la cartelería obligatoria también serán pasibles de sanciones. En casos de reincidencia, las penalidades podrán duplicarse e incluso incluir clausuras o inhabilitaciones.

Según destacaron desde el Concejo Deliberante, la iniciativa busca fortalecer la protección de la salud pública, con especial énfasis en la prevención del consumo entre niños, niñas y adolescentes.